01. Grandes Empresas
02. PyMEs (considerando en esta categoría a aquellas que se adecuen a la definición de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo – Ley 25.300 / Resolución 19/2021) (*)
03. Organizaciones de la Sociedad Civil (Asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, clubes, etc.)
04. Instituciones (tales como asociaciones, cámaras, entidades educativas, organismos públicos, etc.)
05. Comunicación interna, voluntariado, programas de sustentabilidad y activaciones: Podrán participar casos de cualquiera de los tipos de anunciantes mencionados en las cuatro categorías anteriores.
(*) Límites de ingreso para ser considerada PyME por definición de la Ley 25.300 / Resolución 19/2021
Actividad | Ingresos máximos anuales |
Agropecuario | $1.099.020.000 |
Industria y minera | $3.955.200.000 |
Comercio | $3.698.270.000 |
Servicios | $940.220.000 |
Construcción | $1.240.680.000 |
Las campañas que se inscriban deberán haber sido implementadas en el período que va desde el 1º de enero de 2019 hasta el último día disponible de inscripción. No podrán participar campañas que ya hayan sido inscriptas en ediciones anteriores de los Premios Obrar, exceptuando aquellas que se reiteran, pero con renovada creatividad y/o resultados.